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Código Fiscal Municipal Artículo 19 A Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/10/2026

Código Fiscal Municipal Michoacán
Artículo 19 A.

El monto de las contribuciones, así como de las devoluciones a cargo del Fisco Municipal derivados de pagos indebidos de las mismas, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el País, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deben actualizar. Dicho factor se obtendrá dividiendo el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del período, entre el citado Indice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho período.

Las contribuciones, así como las devoluciones a cargo del Fisco Municipal, no se actualizarán por fracción de mes.

En los casos en que el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo, no se haya dado a conocer por el Banco de México, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado.



Estado de Michoacán Artículo 19 A Código Fiscal Municipal
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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


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